El 2022 inició una nueva mecánica para cancelar los CFDI’s, por lo que se hace necesario anotar el motivo de cancelación, si deseas saber sobre los motivos para una factura, en qué casos aplicarlos y cómo hacerlo en el sistema revisa el manual:
Cancelar un CFDI con motivo en tu plataforma de facturación electrónica (Reforma 2022).
Cabe resaltar que, la autoridad fiscal ha realizado una serie de cambios en torno a los comprobantes digitales fiscales (CFDI’s) y en materia de nóminas no ha sido la excepción, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se publicó la Resolución Miscelánea Fiscal 2022 (RMISC), el 27 de diciembre del 2021 en ella se contempla la regla 2.7.1.35 que señalaba que los comprobantes fiscales de nómina, se podían cancelar sin la aceptación del receptor, siempre y cuando la cancelación se realizara dentro del mismo ejercicio en el cual se expidiera dicho CFDI.
No obstante, en la segunda resolución de modificaciones a la RMISC 2022 publicada el 9 de marzo de 2022, se observa que la regla mencionada, ya no contempla la condicionante para efectos de la cancelación del CFDI de nómina. De modo que, se podrá seguir efectuando la cancelación de este tipo de comprobantes sin la aceptación del receptor sin límite temporal.
Nota. Es importante notar que para efectos de aplicar la deducción del CFDI de nómina, la fecha de expedición debe coincidir con la del ejercicio fiscal en el que se pretende deducir, conforme al artículo 27, fracción XVIII de la LISR.
Motivo 01 – Comprobantes emitidos con errores con relación
Es esencial notar, que antes de cancelar con el motivo 01, se debe primero crear la nómina que va a sustituir a la cancelada, relacionando con clave 04 y posteriormente cancelar con el motivo 01, como se muestra en el siguiente diagrama:

¿Cómo lo hago en mi plataforma de facturación?
Antes de cancelar la nómina N5, crea la nueva nómina con los datos correctos (en el diagrama anterior sería la nómina N6), pero antes de esto, debemos saber el folio fiscal de la nómina a cancelar, para ello, sigue estos pasos:
- Dirigirse al menú lateral izquierdo, en Nóminas – Historial y en el botón Opciones de la nómina a cancelar, presionar en “Abrir“.
- Ubicar la nómina del o los empleado(s) a cancelar.
- Presiona en el botón Timbrada.
- De las opciones, presiona en el PDF, al descargarse en tu computadora, podrás abrirlo y revisa el folio fiscal para relacionar con la clave 04.
Una vez que tenemos “a la mano” el folio fiscal de la nómina a cancelar, se debe crear la nómina nueva relacionando este folio con la clave 04.
Puedes realizarlo usando la opción: “Nueva a partir de aquí” y editar lo necesario ó con la opción “Nueva” crear la nómina con los datos corregidos, cualquiera que sea la opción deberás revisar qué información es la que necesitas corregir, agregar o eliminar.
Nota. Recuerda obtener el UID de la nómina a relacionar con motivo 01 con el proceso que se mostró en los pasos anteriores.
Motivo 02 – Comprobantes emitidos con errores sin relación
Durante el primer semestre 2022 fue imposible cancelar los CFDI con la clave 01, sin embargo, la autoridad ya solucionó el problema; esto abarca a la nómina que también debe cancelarse con motivo. En el caso de que existiera aún este problema, la autoridad ha proporcionado la alternativa para poder cancelar, es con el motivo 02 y con ese motivo se cancelan los dos recibos electrónicos: la nómina a cancelar y la nómina que se timbró para sustituir a la original.
¿Cómo lo hago en mi plataforma de facturación?
Por ejemplo, la nómina “N5” se intentó cancelar con motivo 01, para ello se tiene ya timbrada la nómina que lo sustituye, la nómina “N6” que se timbró indicando el tipo de relación 04 y UUID de la nómina N5.
Al fallar la cancelación con motivo 01, la alternativa que indica el SAT es realizar el siguiente proceso, en el orden indicado:
- Primero, cancelar la segunda nómina, es decir la nómina “N6” con motivo 02. Al cancelar la nómina “N6” que tiene la relación 04, la nómina N5 se libera, y su estado regresa a “Cancelable sin aceptación”.
- Cancelar la nómina “N5”, con motivo 02.
- Timbrar una nueva nómina “N7”, con tipo de relación 04 y el UUID de la primer nómina (N5).
Estos son los motivos con los que puedes cancelar una nómina que el SAT, hasta el momento, ha definido, recuerda que para otro tipo de CFDI como una factura aplica el esquema completo de motivos, puedes revisarlos aquí.
Esperamos que esta guía te sea de utilidad, cualquier duda o problema comunícate con soporte.
¿Cómo podemos mejorarlo?
¡Apreciamos tus comentarios!
Tus respuestas serán usadas para mejorar nuestro contenido.